Sellos de la política educativa territorial
Inclusión e Interculturalidad:
La idea de inclusión nace como un movimiento pedagógico en al ámbito de la educación especial y emerge definitivamente en la Conferencia de 1990 de la UNESCO, en Jomtiem. UNESCO define la Inclusión como el proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación.
Se basa en el principio de que cada niño/a tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje distintos y deben ser los sistemas educativos los que están diseñados y los programas educativos puestos en marcha, teniendo en cuenta la amplia diversidad de dichas características y necesidades. Se refiere al aprendizaje y la participación de todos los estudiantes, no sólo aquellos con necesidades educativas especiales e implica procesos para aumentar la participación de los estudiantes y la reducción de su exclusión.
La Interculturalidad por su parte, puede ser definida como la presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, adquiridas por medio del diálogo y de una actitud de respeto mutuo. Describe las relaciones de intercambio y comunicación igualitarias entre grupos culturales que diferentes en atención a criterios como etnia, religión, lengua o nacionalidad, entre otros.
El Servicio Local hizo propio este sello presente en un gran porcentaje de establecimientos educacionales de la región, pues la inclusión e interculturalidad promueven el desafío de reestructurar la cultura, políticas y prácticas de los centros educativos para que puedan atender a la diversidad de estudiantes que no se percibe como un problema a resolver, sino como una riqueza para apoyar el aprendizaje de todos.
Formación Integral con foco en la Educación Ambiental
La ley 21.040 que crea el Sistema de Educación Pública, en su artículo 2 referido a los Fines de la Educación Pública expresa textual: “La educación pública está orientada al pleno desarrollo de los estudiantes, de acuerdo con sus necesidades y características. Procura una formación integral de las personas, velando por su desarrollo espiritual, social, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, entre otros, y estimulando el desarrollo de la creatividad, la capacidad crítica, la participación ciudadana y los valores democráticos. En este sentido, el Servicio Local tiene mandatado por ley la formación integral de todos los estudiantes.
Por otra parte, el Ministerio del Medio Ambiente define la Educación ambiental como un “proceso permanente de carácter interdisciplinario, destinado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos, su cultura y su medio biofísico circundante”.
Oportunidad para todos y todas para acceder a movilidad social
La ley 21.040 en su artículo 5 que describe los Principios de la Educación Pública, expresa textual en la letra d) Desarrollo equitativo e igualdad de oportunidades: ”Los integrantes del Sistema deberán ejecutar medidas de acción positiva que, en el ámbito educacional, se orienten a evitar o compensar las consecuencias derivadas de las desigualdades de origen o condición de los estudiantes, velando particularmente por aquellos que requieran de apoyos especiales y una atención diferenciada, con el propósito de que puedan desarrollar al máximo sus potencialidades”.
En tal sentido, la educación actúa como un motor de movilidad social; las personas que tienen trabajo de baja calificación laboral y por ende de escasos ingresos, presentan en promedio entre ocho y diez años de escolaridad. Si un niño o niña recibe una mejor educación desde la primera infancia, aumenta sus posibilidades de ingreso a la enseñanza superior. Para disminuir estas brechas no solo se debe mejorar el acceso a la educación pública, sino que también la calidad de esta y es el desafío del Servicio Local.
Calidad del Servicio
El artículo 5 de la ley 21.040, letra a) expresa: “Calidad integral. El Sistema se orientará hacia la provisión de una educación de calidad que permita a los estudiantes acceder a oportunidades de aprendizaje para un desarrollo integral, llevar adelante sus proyectos de vida y participar activamente en el desarrollo social, político, cultural y económico del país”, ” El Sistema velará por que el proceso educativo que se desarrolle en los establecimientos educacionales dependientes de los Servicios Locales provea a los estudiantes las oportunidades de recibir una educación de calidad, mediante actividades curriculares y extracurriculares, así como a través de la promoción de una buena convivencia escolar que prepare a los estudiantes para la vida en sociedad”.
Por otra parte, el Sistema de Aseguramiento de la Calidad que se creó el año 2011 por medio de la Ley N° 20.529, y las instituciones que lo componen: Ministerio de Educación, Consejo Nacional de Educación, Agencia de Calidad de la Educación y Superintendencia de Educación buscan asegurar las condiciones y potenciar las capacidades del sistema escolar para mejorar la calidad de la educación y los aprendizajes integrales de todas y todos los estudiantes del país, así como de los procesos que posibilitan su desarrollo en las comunidades escolares.
En este sentido, los establecimientos educacionales del territorio y el sostenedor tienen la responsabilidad de actualizar y mejorar permanentemente sus proyectos educativos institucionales, con la finalidad de lograr aprendizajes de calidad para todos/as los/as estudiantes.