El Servicio Local de Educación Pública de Chiloé impulsa una educación pública inclusiva, integral y con equidad territorial, orientada al respeto por la diversidad humana y la eliminación de barreras para el aprendizaje y la participación. En este marco, el/la Director/a de la Escuela Diferencial Antü Kau deberá liderar una comunidad educativa especializada, asegurando la implementación efectiva del Proyecto Educativo Institucional (PEI), en coherencia con el Plan Estratégico Local (PEL 2025–2031), el Convenio de Desempeño del Director Ejecutivo y las disposiciones de la Ley N° 21.040, junto con la normativa nacional que regula la educación especial (Ley N° 20.422, Decreto N° 83/2015).
1. Alineación estratégica y liderazgo institucional
Ejercer un liderazgo técnico–pedagógico inclusivo que promueva el respeto a la diversidad, la equidad de oportunidades y la participación plena de todos los miembros de la comunidad educativa. Deberá asegurar la coherencia entre PEI, PME institucional (si existiere), y los lineamientos estratégicos del SLEP Chiloé, fortaleciendo la gestión centrada en los aprendizajes y el bienestar integral de los estudiantes.
2. Liderazgo pedagógico y mejora de los aprendizajes funcionales
Dirigir procesos pedagógicos diversificados, que respondan a los distintos niveles de funcionamiento, ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes con discapacidad intelectual, motora, sensorial o múltiple. Deberá promover el uso del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA), la planificación colaborativa y la evaluación auténtica, asegurando avances en autonomía, comunicación, autorregulación y habilidades para la vida independiente.
3. Gestión del clima organizacional y convivencia inclusiva
Consolidar una convivencia basada en el respeto, la empatía y la aceptación de la diferencia, fortaleciendo la salud mental y el bienestar emocional de estudiantes, familias y equipos profesionales. Deberá fomentar el trabajo interdisciplinario y la corresponsabilidad de todos los actores en un clima laboral armónico y colaborativo.
4. Participación y vinculación con las familias y redes de apoyo
Fortalecer la participación activa de padres, madres, tutores y organizaciones sociales vinculadas a la discapacidad, promoviendo una comunicación cercana, respetuosa y bidireccional. Deberá articular el trabajo con redes intersectoriales —salud, SENADIS, desarrollo social y municipios— para favorecer la inclusión social, laboral y educativa de los estudiantes.
5. Gestión de recursos y apoyos especializados
Asegurar la administración eficiente de los recursos humanos, materiales y técnicos destinados al proceso educativo de los estudiantes con discapacidad. Deberá coordinar el trabajo de especialistas (fonoaudiólogos, terapeutas ocupacionales, kinesiólogos, psicólogos y educadores diferenciales), garantizando apoyos adecuados, accesibilidad universal y equipamiento pertinente.
6. Evaluación y rendición de cuentas
Implementar sistemas de evaluación cualitativa y seguimiento de los avances individuales y colectivos, en coherencia con los lineamientos del SLEP Chiloé y las orientaciones del Ministerio de Educación. Deberá rendir cuenta pública anual, promoviendo la transparencia y la comunicación efectiva con la comunidad educativa y las familias.
7. Desarrollo profesional y trabajo interdisciplinario
Impulsar el desarrollo profesional del equipo docente y de los profesionales de apoyo, favoreciendo la actualización permanente en educación inclusiva, estrategias sensoriales, comunicación aumentativa y metodologías funcionales. Deberá consolidar equipos interdisciplinarios sólidos que trabajen colaborativamente para la mejora continua de los procesos pedagógicos.
8. Compromiso con la inclusión, equidad y derechos humanos
Liderar la escuela desde una mirada de derechos, impulsando prácticas que eliminen barreras para la participación y aprendizaje. Deberá garantizar que la gestión institucional refleje los principios de inclusión, justicia social y respeto a la diversidad, en concordancia con el PEL del SLEP Chiloé, y las Leyes N° 20.422 y N° 21.545, que consagran el derecho de las personas con discapacidad a una educación de calidad, accesible y libre de discriminación.